Permiso de Uso No Lucrativo
Para utilizar cualquiera de signos distintivos de la UABC en actividades inherentes a la naturaleza ya sea académica o administrativa de la UABC, los departamentos administrativos, facultades, escuelas, institutos, sociedades de alumnos y/o alumnos, no necesitan obtener una licencia de uso, solo deberán solicitar Permiso de Uso No Lucrativo señalando el uso específico que se dará a la marca, dicho trámite es rápido y gratuito.
Para solicitar dicho permiso sólo debe acceder al siguiente link y capturar la información que se le requiere y vía correo electrónico recibirá su permiso. Solicitud de Permiso de Uso No Lucrativo.
Licencia de Uso No Exclusiva de Marca UABC
Las empresas (personas físicas o morales) que estén interesados en comercializar productos y/o servicios que porten la Marca UABC y convertirse en “Licenciatario Autorizado”, podrán adquirir una Licencia de Uso No Exclusivo de la Marca UABC, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:
- Solicitar la Licencia de Uso No Exclusivo de Marca UABC mediante el formato Solicitud de Licencia de Uso de Marca UABC
- En caso de no presentar la solicitud de licencia deberá emitir una declaratoria de uso sobre la marca UABC en escrito libre, incluso puede ser mediante correo electrónico.
- Presentar Constancia de Situación Fiscal emitida por SAT, debe contener la declaración de actividades económicas declaradas, con fecha de publicación no mayor a un mes previo.
- Copia de Identificación Oficial ( INE, Pasaporte)
- Copia del poder notarial para efectuar actos de administración y dominio (solo en caso de ser personas morales)
- Comprobante de domicilio de la ubicación del comercio local (recibo de agua, luz y/o teléfono).
- Proporcionar evidencia de que es una empresa establecida y que cuenta con equipo para elaborar los productos que reporte para efecto de la licencia. (fotografías del establecimiento y equipo de producción).Firmar el contrato de Licencia de Uso No Exclusiva de la Marca UABC.
- Cubrir a la Fundación UABC, por concepto de pago de regalías por licencia anual lo equivalente a 100 UMAS (Unidad de Medida y Actualización).
- Deberá cubrir por concepto de regalías por uso de la marca el 5% sobre el total de las ventas brutas anuales generadas por el licenciatario respecto de los artículos que ostenten la marca UABC, y cuyo importe deberá ser cubierto a la Fundación UABC de la siguiente manera:
- El licenciatario cubrirá una regalía en garantía a la firma del contrato del 50% de las regalías estimadas por la Fundación UABC derivadas de una proyección anual de ingresos por ventas.
- El licenciatario presentará a la Fundación UABC un informe anual de ventas de los productos comercializados con la marca UABC, en base a esta información se realizará el cálculo de la regalía final o de cierre, el licenciatario puede presentar un reporte personalizado o podrá hacer uso del formato Reporte de Uso de la Marca UABC. FUABC, realizará los cálculos para el pago de regalía final o de cierre que deberá cubrir el licenciatario al culminar la vigencia de la licencia anual, en caso de que el licenciatario atienda el trámite en tiempo y forma, sin que su licencia se encuentre vencida podrá obtener una bonificación de la garantía.
- Al concluir la vigencia de la licencia, el licenciatario que decida no renovar dicho trámite deberá presentar una Declaratoria de No uso de la Marca UABC. De lo contrario los derechos y obligaciones asumidos en el contrato de licenciamiento subsistirán.