1.- ¿Qué es una marca? Todo signo visible que distinga productos o servicios de su misma especie o clase en el mercado.
2.- ¿Qué tipos de marcas existen? Nominativas: identifican un producto y su origen mediante una palabra o conjunto de palabras. Innominadas: pueden reconocerse visualmente pero no fonéticamente. Su peculiaridad consiste en que se trata de símbolos, diseños, logotipos o cualquier elemento figurativo que los haga distintivos. Mixta: combinan palabras con elementos figurativos. Tridimensional: Son las marcas que protegen los envoltorios, empaques, envases, la forma o la presentación de los productos en sí mismo.
3.- ¿Cómo se clasifican las marcas? A nivel internacional existe una clasificación de 45 rubros los cuales se dividen en treinta y cuatro productos y once servicios para facilitar los registro marcarios, puedes consultar el detallado en el siguiente enlace: Clasificación Internacional de Marcas.
4.- ¿Qué es una licencia de uso no exclusiva? Es la autorización que el titular de una marca registrada o en trámite de registro da a una persona física o moral para utilizar dicha marca previo pago de derechos (licencia y regalías) correspondientes.
5.- ¿Cómo le hago si deseo obtener una licencia de uso no exclusiva? Le pedimos consultar en esta página web la sección de Procedimientos y Formatos.
6.- ¿Por qué contratar a proveedores que cuenten con licencia de uso no exclusiva? Porque de esta manera fomentamos la cultura de la legalidad, consolidamos el valor de la marca UABC, y apoyamos los programas filantrópicos de la Fundación UABC, A.C. destinados a apoyar a estudiantes de alto rendimiento académico y escasos recursos económicos.
7.- ¿Cómo saber si el proveedor al que quiero solicitar productos o servicios cuenta con licencia de uso? Puede consultar en esta página la sección de Licenciatarios Autorizados.
8.- ¿En qué tipo de faltas se puede incurrir al utilizar una marca sin tener la licencia correspondiente? Usar y/o explotar una marca registrada sin autorización es sinónimo de actividad delictiva de competencia federal, las faltas en las que se puede incurrir son infracciones administrativas, delitos penales y en materia civil, que conllevan sanciones de tipo pecuniario y/o privativas de libertad.